julio 02, 2020

Nuevas regulaciones a los semáforos para julio en todo el país: Quito con restricciones especiales

Publicaciones internas

En resolución de 29 de junio de 2020, el COE Nacional aprobó las disposiciones que regirán en el país durante julio de 2020 según la respectiva semaforización cantonal. Para Quito, se establecieron reglas especiales.

Entre las principales disposiciones resaltamos las siguientes:

Normas obligatorias a nivel nacional:

  • Todos los espacios laborales, familiares y comunitarios deberán implementar y cumplir medidas biosanitarias.

  • El uso de tapabocas es obligatorio, así como el distanciamiento.

  • Se mantienen cerradas las fronteras terrestres.

  • Continúan suspendidas las clases presenciales en las instituciones educativas.

  • Se mantiene prohibido el funcionamiento de bares, discotecas, karaokes, night clubs, billares, centros de diversión infantil y toda actividad que no garantice el distanciamiento social.

  • Se mantienen restringidas las actividades físicas en lugares cerrados, a excepción de los planes piloto aprobados para los cantones que se encuentran en verde.

  • Se mantienen prohibidos los espectáculos públicos.

  • Se permite el transporte particular entre cantones de provincias con semáforo en amarillo o verde.

Semáforo rojo:

  • Toque de queda de 18h00 a 05h00.

  • Los vehículos particulares, incluidas motos, pueden circular 2 días a la semana de lunes a viernes. No está permitida la circulación sábados y domingos.

  • Los taxis y vehículos de transporte mixto y carga liviana pueden circular según el número de placa, par o impar, de lunes a sábado; está restringida la circulación los domingos.

  • El transporte institucional puede circular todos los días sin restricción de placa.

  • El transporte urbano circulará según las restricciones establecidas por los GAD Municipales.

  • Se prohíbe la circulación de transporte interprovincial.

  • Se autorizan las consultas médicas externas de todas las especialidades, además de las cirugías programadas y los programas de protección sanitaria y social a grupos vulnerables.

  • Se permite la movilización de profesionales del derecho con su credencial como habilitante.

  • Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 30%.

  • Se encuentran prohibidas las reuniones sociales, públicas o privadas.

  • La actividad comercial se reanuda con el 30% del aforo permitido en cada establecimiento.

Semáforo amarillo:

  • Horario de toque de queda de 23h00 a 05h00, excepto para Quito, donde se mantiene el horario de toque de queda de 21h00 a 05h00.

  • Se permite la circulación de vehículos particulares, incluidas motos, según la placa –pares o impares– de lunes a sábado. Los domingos 5 y 19 de julio podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular vehículos con placa par.

  • Los taxis convencionales y ejecutivos, vehículos de transporte mixto y carga liviana y de transporte institucional podrán circular todos los días sin restricción de placa.

  • El transporte urbano podrá circular con hasta el 50% de su aforo.

  • Se permite el transporte intraprovincial e interprovincial con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.

  • Está permitido el transporte marítimo y fluvial de personas al 50% del aforo.

  • Se permite el transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.

  • Los centros comerciales y restaurantes podrán atender con el 50% del aforo permitido, excepto para Quito, cuyo límite es el 30% del aforo.

  • Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%, excepto para Quito, en donde el sector público laborará al 25%.

  • Se autorizan velorios con hasta 25 personas.

  • Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, siempre que pueda asegurarse el distanciamiento social mínimo requerido de 2 metros entre personas. No está permitido el uso de sistemas de ventilación y deberá cumplirse con todas las medidas de bioprotección. Se exceptúa a Quito, donde no están permitidas las reuniones sociales no ejecutivas.

  • Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo, excepto para Quito, donde estos establecimientos se mantienen cerrados.

  • Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales, excepto el Parque Nacional Yasuní, con el ingreso del 30% de visitantes.

  • Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, respetando los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.

Semáforo verde:

  • Se elimina el toque de queda.

  • El 70% de los vehículos particulares podrán circular de lunes a domingo, según la restricción de placas aplicable.

  • Podrán circular todos los días los taxis convencionales y ejecutivos, el transporte de carga liviana y mixta y el transporte institucional.

  • El transporte urbano podrá circular al 50% de su aforo.

  • El transporte intraprovincial podrá circular entre cantones con el mismo color.

  • El transporte interprovincial circulará entre cantones en amarillo o verde.

  • En restaurantes y centros comerciales se permite la atención al público con el 50% del aforo permitido.

  • Se implementa un plan piloto para gimnasios con base en los protocolos aprobados por el COE Nacional.

  • Se autoriza la realización de velorios con la presencia de 25 personas máximo.

  • Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas y en espacios que garanticen el distanciamiento social requerido de 2 metros.

Consejo Editorial

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