Agentes de Retención
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000010 de 30 de mayo de 2025, el Servicio de Rentas Internas reformó la Resolución publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 543 de 23 de abril de 2024, en la cual se incluye el listado de agentes de retención. En esta nueva resolución, se califican nuevos agentes; se mantienen varios contribuyentes que habían recibido previamente dicha calificación; y, se excluye del listado a varios sujetos pasivos. En este enlace podrá encontrar el referido listado.
Contribuyentes especiales
Por otro lado, mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000011 de 30 de mayo de 2025, el Servicio de Rentas Internas modificó la lista de contribuyentes especiales y derogó la Resolución NO. NAC-DGERCGC25-00000006 expedida en marzo de este año. Para consultar el listado de contribuyentes especiales, haga click aquí.
¿Qué implica haber sido incluido en estos listados?
Los nuevos y anteriores agentes de retención, así como los nuevos contribuyentes especiales, deben cumplir con los deberes formales y obligaciones tributarias que implica su nueva categoría a partir del 01 de junio de 2025.
Entre esas obligaciones se incluye:
- la actualización de su Registro Único de Contribuyentes con la calificación o exclusión como “Agente de Retención” o “Contribuyente Especial”, según corresponda; y,
- la actualización de su sistema de facturación electrónica dentro de los diez (10) días hábiles desde la vigencia de las resoluciones antes referidas.
Consejo Editorial