noviembre 21, 2025

Novedades en materia tributaria

Publicaciones internas

Tributario

A continuación resumimos las principales novedades que se han producido en materia tributaria:

 

  1. El Ministerio de Infraestructura y Transporte emite el “Instructivo para el Registro de Proyectos Inmobiliarios” para la aplicación del beneficio de devolución de IVA a proyectos inmobiiarios.

 

Este Instructivo, publicado en el Registro Oficial No. 165 de 17 de noviembre de 2025, contiene el procedimiento para el registro de proyectos inmobiliarios, y deroga el Acuerdo Ministerial No. MIDUVI-MIDUVI-2024-0003-A y sus respectivas reformas. 

 

Se reconoce que el Ministerio de Infraestructura y Transporte (en adelante "MIT") será el encargado de emitir el Certificado de Registro del Proyecto Inmobiliario, documento habilitante para obtener la devolución del IVA.

 

Se establece el siguiente procedimiento para obtener el certificado

 

a.- Presentación de solicitud.- La solicitud puede suscribirse de manera electrónica o manuscrita y deberá enviarse al correo "tramites@mit.gob.ec", como anexos a la solicitud se deberá entregar:

    • Declaración Responsable de Registro de Proyectos Inmobiliarios de acuerdo con el formato que emita el MIT.
    • Copia del título habilitante municipal para construcción otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado competente en donde se ejecute el proyecto (permiso, licencia constructiva o equivalente).
    • Copia de cédula de ciudadanía o RUC.

 

b.- Revisión de solicitud y anexos.- La Subsecretaría de Vivienda revisará las solicitudes y anexos en 5 días término, contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

 

c.-  Aclaración o convalidación de solicitudes.- En caso de verificarse inconsistencias o documentación incompleta, una vez notificado el particular, el interesado tendrá 5 días para convalidar la información de su requerimiento.

 

d.- Emisión del certificado.- Si se cumple con los requisitos previos, el Director de Regulación, Ejecución y Control de Vivienda del MIT, emitirá el certificado de registro en un término no mayor a 7 días contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

 

 

  1. Se publica el Reglamento General a la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional:

El Reglamento General a la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional fue publicado en el Sexto Suplemento del Registro Oficial No. 166 el 18 de noviembre de 2025. Este Reglamento contiene las normas que regirán para la aplicación de la rebaja de impuesto a la renta por donaciones a las fuerzas del orden. 

 

En primer lugar, se dispone la creación del Comité de Calificación y Certificación para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, órgano encargado de instrumentar y coordinar las donaciones efectuadas a favor de las fuerzas del orden. Este comité será el encargado de aprobar el catálogo de bienes que podrán ser objeto de donación y se conformará por:

  • Secretaria General de la Administración Pública, Planificación y Gabinete;
  • Ministerio del Interior;
  • Ministerio de Defensa;
  • Ministerio de Economía y Finanzas; y,
  • El Servicio de Rentas Internas.

 

Conforme al Reglamento, dicho Comité tiene el plazo de un mes, contado desde el 18 de noviembre de 2025, para efectuar su primera sesión, aprobar su reglamento de funcionamiento y empezar a ejercer las atribuciones para las que fue creado. 

 

En segundo lugar, el Reglamento modifica el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (en adelante "RLRTI"), incorporando el procedimiento para acceder al beneficio, que comprende lo siguiente:

 

a.- Carta de intención: El interesado debe remitir al Ministerio del Interior una carta que incluya los datos del donante y el valor aproximado de la donación.

 

b.- Revisión de la solicitud: La Policía Nacional evaluará la propuesta y emitirá los informes de factibilidad (técnicos, jurídicos, administrativos y económicos) conforme a la necesidad institucional y el área beneficiaria de la entidad.

 

c.- Aprobación: La máxima autoridad del Ministerio del Interior o su delegado, aprobará la solicitud.

 

d.- Formalización: Se suscribirá el instrumento que perfeccione la donación. Como documento habilitante, se deberá presentar un anexo con la declaración del donante sobre el origen lícito de los bienes, junto con una cláusula que establezca el carácter irrevocable de la donación.

 

 

  1. Se emite la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000038 que trata sobre la exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos de uso particular.

 

Esta Resolución consta publicada en el Séptimo Suplemento del Registro Oficial No. 167 de 19 de noviembre de 2025 y reforma la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000030, que trata sobre la exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos motorizados de los vehículos eléctricos de uso particular. 

 

Entre las reformas, destaca la obligación que tienen los fabricantes e importadores de vehículos de reportar al SRI y a la ANT las características de cada vehículo; y por otro lado, la obligación de la Agencia Nacional de Tránsito de convalidar la información proporcionada por los fabricantes o importadores.

 

Consejo Editorial

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