El 04 de septiembre de 2025, el Consejo de la Judicatura emitió la Resolución Nro. 063-2025 que regula el procedimiento notarial para autorizar la salida del país de niños, niñas y adolescentes (NNA). El reglamento busca prevenir riesgos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.
Las principales reformas son:
- Entrevista notarial obligatoria: el progenitor que realice la autorización deberá realizar una entrevista obligatoria ante notario para verificar la información. Se prohíbe la comparecencia telemática.
- Evidencia de la entrevista: el notario deberá tomar huellas dactilares y fotografía de los comparecientes para verificación de los entes de control migratorio.
- Documentos habilitantes: deberán presentarse formularios de petición de autorización de salida del país de menores de edad. Existe un formulario especial para NNAs que viajen con solo uno de los progenitores y otro para autorizar el viaje del NNA de forma individual o acompañados de un tercero.
Los formularios deberán ser firmados en conjunto con un abogado.
Para autorizar la salida del país de un menor de edad es obligatorio presentar la cédula de identidad, papeleta de votación actualizada y documentos que acrediten parentesco o calidad del compareciente (padre, madre, apoderado).
Los formularios de petición permiso de salida de menores edad pueden encontrarlos en este enlace como Anexos.
Consejo Editorial