junio 01, 2020

Desde junio cambian las restricciones en el distanciamiento social en todo el país

Publicaciones internas

El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE Nacional) modificó las condiciones que regirán durante el periodo del 1 al 30 de junio en etapa de distanciamiento social y en cada uno de los semáforos, que se mantienen[1].

Recordamos que, desde el 4 de mayo, el Ecuador pasó de la etapa de aislamiento al distanciamiento social, con reglas aplicables de manera cantonal según el color de semáforo determinado por cada COE Cantonal[2].

 

Resaltamos las disposiciones más importantes aplicables según la semaforización y generales durante junio de 2020:

 

Normas obligatorias a nivel nacional

  • Aislamiento obligatorio a personas mayores de 60 años y a personas cuya condición médica los ponga en situación de vulnerabilidad frente al COVID19.

  • Uso obligatorio de mascarillas cubre bocas.

  • Prohibición de eventos públicos, eventos masivos y deportivos al aire libre.

  • Suspensión de clases presenciales en todo el territorio.

  • Se mantienen cerradas las fronteras terrestres.

  • Está autorizado el transporte interprovincial de encomiendas.

  • Todos los establecimientos e industrias deben preparar protocolos de salud y prevención ante COVID – 19.

Normas aplicables en semáforo en ROJO

  • Toque de queda de 18h00 a 05h00.

  • Se autoriza la consulta externa de todas las especialidades médicas.

  • Se garantiza la circulación de abogados.

  • Se permite la circulación de los vehículos particulares y motos 2 días a la semana de lunes a viernes

  • No se permite la circulación de vehículos particulares ni motos los sábados y domingos.

  • Los taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar.

  • Transporte interprovincial no puede circular.

  • Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa.

  • Transporte urbano, podrá circular conforme las restricciones establecidas por cada GAD Municipal.

Normas aplicables en semáforo en AMARILLO

  • Toque de queda de 21h00 a 05h00.

  • Los restaurantes podrán atender al público con el 30% del aforo permitido.

  • Las empresas están obligadas a expedir un protocolo de bioseguridad, considerando los lineamientos establecidos en la “Guía y plan general para el retorno progresivo a las actividades laborales”.

  • Vehículos particulares y motos pueden circular conforme su placa – par/impar de lunes a sábado. Placas 1,3,5,7 y 9 circulan lunes, miércoles y viernes; placas 2,4,6,8 y 0 circulan martes, jueves y sábado.

  • Los domingos no se permite la circulación de vehículos particulares.

  • Los taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar.

  • El transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa.

  • El transporte urbano deberá circular al 50% de su aforo.

  • Transporte intraprovincial está autorizado únicamente entre cantones con el mismo color.

  • Transporte interprovincial está autorizado únicamente entre cantones de provincias colindantes con el mismo color.

Normas aplicables en semáforo en VERDE

  • Toque de queda de 24h00 a 05h00.

  • Los restaurantes podrán atender al público con el 50% del aforo permitido.

  • El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo. Se establece una restricción de circulación, no una autorización

  • Los taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días.

  • El transporte Institucional circula todos los días sin restricción de placa.

  • El transporte urbano circula con el 50% de su aforo.

  • El transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.

  • El transporte interprovincial únicamente podrá circular entre cantones de provincias colindantes con el mismo color; no puede circular a escala nacional.

[1] Resolución del COE Nacional de 27 de mayo de 2020. Disponible en: https://www.gestionderiesgos.gob.ec/resoluciones-coe/

[2] https://www.pbplaw.com/es/gobierno-anuncia-paso-del-aislamiento-al-distanciamiento-desde-el-4-de-mayo-de-2020/

Consejo Editorial

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