enero 04, 2024

El SRI emite varias resoluciones sobre el ICE que aplican a partir del 1 de enero de 2024

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Tributario

Durante la última semana del ejercicio fiscal 2023, el Director del SRI emitió varias resoluciones relacionadas con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) que son aplicables a partir del 1 de enero de 2024. A continuación, presentamos un extracto de los puntos más importantes de cada una de ellas:

 

Resolución NAC-DGERCGC23-00000038

Establece las tarifas específicas del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) aplicables a partir del 1 de enero de 2024.

BIEN GRAVADO

TARIFA ESPECÍFICA VIGENTE PARA 2024

Cigarrillos

US $ 0,16 por unidad

Alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos) y, bebidas alcohólicas

US $ 10,15 por litro de alcohol puro

Cerveza Artesanal

US $ 1,52 por litro de alcohol puro

Cerveza Industrial

US $ 13,28 por litro de alcohol puro

Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida, excepto energizantes

US $ 0,18 por 100 gramos de azúcar añadida

Fundas plásticas

US $ 0,08 por funda plástica

 

Resolución NAC-DGERCGC23-00000039: 

Regula la base imponible para el cálculo de la tarifa ad valorem del ICE de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, fijando el valor del precio de venta del fabricante y precio ex aduana para el período fiscal 2024, en CUATRO DÓLARES CON SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 4,60) por litro de bebida.

 

Resolución NAC-DGERCGC23-00000040

Establece el cupo anual de exención del Impuesto a los Consumos Especiales, ICE aplicable para el período fiscal 2024, para nuevas marcas de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, sujeto a la participación de las compras de ingredientes nacionales respecto de las compras totales:

 

 

Relación entre la participación de compras de ingredientes nacionales, respecto del total de las compras (inclusive importaciones), para la elaboración local de bebidas alcohólicas

Exención en ICE calculado sin beneficio alguno

Desde

Hasta

%

0

69,99%

0%

70,00%

75%

0,5%

75,01%

80%

1,0%

80,01%

85%

1,5%

85,01%

90%

2,0%

90,01%

95%

3,0%

95,01%

99%

4,0%

99,01%

100%

5,0%

Consejo Editorial

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