junio 02, 2026

Nuevo impuesto del 15% sobre rentas pasivas en Panamá: lo que debe saber

Publicaciones internas

Tributario

Si usted tiene empresas en Panamá que forman parte de un Grupo Multinacional, debe saber que a partir de 2027, estas entidades estarán sujetas a un impuesto del 15% sobre sus rentas pasivas netas, salvo que cumplan con las nuevas reglas de sustancia económica.

 

Estos cambios provienen del Proyecto de Ley 641, que modifica sustancialmente el Código Fiscal panameño. A continuación, resumimos los puntos esenciales:

 

1. ¿A quién aplica? El concepto de “Grupo Multinacional”

Esta ley no aplica a todas las sociedades panameñas. Solo afecta a las entidades que forman parte de un Grupo Multinacional, lo cual ocurre cuando:

  • Existen dos o más entidades vinculadas entre sí (incluida la entidad panameña) por propiedad o control.
  • Estas entidades son residentes fiscales en distintas jurisdicciones.
  • La entidad panameña consolida sus estados financieros o está incluida en los estados financieros del grupo.

 

Importante: Si la sociedad panameña pertenece a una persona natural y no consolida con otras entidades en el exterior, no califica como Grupo Multinacional y queda fuera del alcance de esta norma.

 

2. Rentas sujetas a la norma (rentas pasivas)

El impuesto del 15% grava la renta neta generada por los siguientes ingresos pasivos generados fuera de Panamá:

  • Dividendos y participaciones.
  • Intereses, regalías y rendimientos financieros.
  • Ganancias de capital.
  • Rentas de capital inmobiliario o mobiliario.

 

Excepción: Las actividades de “Trading” (compraventa de bienes que no transitan por Panamá) se consideran renta activa y no están sujetas a este impuesto.

 

3. El requisito de Sustancia Económica

Para evitar el impuesto del 15%, la entidad debe demostrar que tiene Sustancia Económica real en Panamá. Esto significa, preliminarmente, contar con:

  • Personal calificado y adecuado para las actividades.
  • Instalaciones físicas apropiadas.
  • Toma de decisiones estratégicas y gestión de riesgos en territorio panameño.
  • Gastos operativos locales proporcionales a la actividad realizada.

 

Régimen simplificado: Existen reglas de cumplimiento más sencillas para entidades dedicadas exclusivamente a la tenencia de acciones (holdings) o bienes inmuebles.

 

4. Fechas clave

  • Entrada en vigor: Periodo fiscal 2027.
  • Primera declaración: Las entidades obligadas deberán presentar su declaración jurada desde 2028.
  • Reglamentación: Se emitirán los detalles técnicos en un plazo de 90 días, incluidas las exigencias específicas para cumplir los requisitos de Sustancia Económica en Panamá.

 

Quedamos a su disposición para analizar cómo esta nueva normativa puede impactar sus estructuras internacionales y asesorarle en las acciones a seguir.

Consejo Editorial

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