agosto 05, 2019

Recordatorio obligaciones agosto 2019

Recordatorios

Publicaciones internas

Recordamos a nuestros suscriptores que durante el mes de agosto de 2019 se debe cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Pago de la decimocuarta remuneración para las regiones Sierra y Oriente:

En caso de que el trabajador haya solicitado recibir el valor correspondiente a la decimocuarta remuneración de manera acumulada, el empleador deberá pagarlo hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazónica. La decimocuarta remuneración corresponde a un salario básico unificado; esto es $394,00 para el 2019.

  • Proyección de gastos personales:

Cuando un trabajador considere que su proyección de gastos personales será diferente a la originalmente presentada en el mes de enero; presentará en julio o agosto, una nueva proyección de gastos personas para reliquidación de futuras retenciones.
Los empleadores están obligados a efectuar retención en la fuente por el Impuesto a la Renta de sus trabajadores en forma mensual. Para efectos del cálculo de la retención, los trabajadores en relación de dependencia deben presentar, en enero de cada año, una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción.

Consejo Editorial

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