marzo 02, 2020

Recordatorio obligaciones marzo 2020

Publicaciones internas

Recordamos que en marzo de 2020 deben cumplirse las siguientes obligaciones:

  • Celebración de la Junta General Ordinaria:

Las compañías en el Ecuador deberán realizar su junta general ordinaria, al menos una vez al año, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la compañía; esto es, hasta el 31 de marzo.

 

  • Pago de la decimocuarta remuneración – regiones costa e insular

Los trabajadores tienen derecho a recibir, mensualmente, una bonificación equivalente a la doceava parte de la remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general que, para el 2020 es de $400 dólares.

Si el trabajador solicitó por escrito recibir este valor de forma acumulada, este deberá ser entregado hasta el 15 de marzo en las regiones costa e insular; el monto a recibir se hará de acuerdo al tiempo trabajado por cada trabajador calculado desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 29 de febrero de 2020.

  • Cálculo de utilidades

Los empleadores deberán calcular hasta el 31 de marzo del año en curso, el valor a ser repartido por concepto de utilidades a sus trabajadores. Los trabajadores deberán acreditar las cargas familiares hasta el 30 de marzo, caso contrario, no serán consideradas para el reparto.

Las utilidades deberán repartirse hasta el 15 de abril, en base al tiempo trabajado, y a las cargas familiares de cada trabajador.

 

  • Compensación económica para el salario digno

Aquellos empleadores que no hubieren pagado a todos sus trabajadores un monto igual o superior al salario digno mensual deberán pagar, hasta el 31 de marzo, una compensación económica a los trabajadores que no hubieran alcanzado ese valor.

Esta compensación es obligatoria para las sociedades o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que al final del período fiscal tuvieren utilidades del ejercicio y que, en el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al Impuesto a la Renta inferior a la utilidad. Para el pago de la compensación económica, el empleador deberá destinar hasta el 100% de las utilidades, en caso de ser necesario.

El salario digno para el año 2019 aún no ha sido fijado, este corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar.

  • Declaración y pago de la Contribución Única y Temporal del año 2020

Las sociedades, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, que realicen actividades económicas y que en el ejercicio fiscal 2018 hayan generado ingresos gravados iguales o superiores a un millón de dólares de los Estados Unidos de América; inclusive aquellas sociedades que se encuentren bajo un régimen de impuesto a la renta único deberán pagar la Contribución Única y Temporal dispuesta en la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. La declaración y pago correspondiente al 2020 se deberá presentar a través del Formulario 124 entre el 01 de febrero hasta el 31 de marzo de 2020.

  • Declaración del Impuesto a la renta de personas naturales

Las personas naturales deben declarar y pagar su impuesto a la renta durante el mes de marzo, de acuerdo con el noveno digito del RUC o cédula:

 

Noveno dígito RUC Fecha máxima
1 10 de marzo
2 12 de marzo
3 14 de marzo
4 16 de marzo
5 18 de marzo
6 20 de marzo
7 22 de marzo
8 24 de marzo
9 26 de marzo
0 28 de marzo

Consejo Editorial

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