octubre 19, 2019

Se derogó el impuesto ambiental a la contaminación vehicular

Registro Oficial

Ambiental

Publicaciones internas

La Asamblea Nacional aprobó la ley derogatoria al impuesto ambiental a la contaminación vehicular, conocido como Impuesto Verde[1].
El impuesto derogado gravaba la contaminación ambiental producida por vehículos motorizados anualmente. El impuesto estaba dado de acuerdo al cilindraje del motor del respectivo vehículo y al año de fabricación.
En lo principal, la Ley derogatoria establece:

  • Se elimina el impuesto ambiental a la contaminación vehicular
  • No se requerirá la cancelación de obligaciones pendientes de este impuesto para la chatarrización vehicular. Una vez culminado el trámite de chatarrización, las obligaciones pendientes por concepto del referido impuesto se declararán extinguidas.

Remisión

  • Se dispone la remisión del 100% de intereses, multas y recargos derivados del saldo de las obligaciones determinadas o pendientes de pago, correspondientes al Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular y a la tasa del Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito.
  • No podrá alegarse pago indebido o pago en exceso respecto de las obligaciones tributarias pagadas con anterioridad a la vigencia de la ley derogatoria.
  • Para beneficiarse de la remisión del cien por ciento (100%) de intereses, multas y recargos los sujetos pasivos podrán pagar hasta el 27 de diciembre de 2019, el 100% del saldo de capital adeudado; posteriormente se lo podrá pagar en el plazo de tres años el saldo del capital adeudado con un plan excepcional de pagos.
  • La autoridad tributaria suspenderá de oficio los procesos de cobro, incluidos los coactivos, que se hubieren iniciado en contra de los contribuyentes que se acojan al proceso de remisión de intereses, multas y recargos.



[1] Ley derogatoria al impuesto ambiental a la contaminación vehicular, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 19 de 16 de agosto de 2018.

Consejo Editorial

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