julio 08, 2022

Societario: Se establecen los requisitos de nombramientos de representante legal y de poderes de mandato

Corporativo

Publicaciones internas

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros expidió el Reglamento sobre los requisitos que deben contener el nombramiento del representante legal y el poder del mandatario mercantil de las compañías sujetas a su control. Este Reglamento fue expedido mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2022-0008 y publicado en el Primer Suplemento del Registro Oficial No. 99 de 6 de julio de 2022.

En lo principal, la Resolución establece algunos ajustes que creemos es necesario tomar en cuenta:

  1. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE LEGAL:

Los nombramientos, además de contener los requisitos que se solicitaban anteriormente (fecha, nombre, aceptación, cargo, período, estatuto, etc.), ahora tiene la obligación de incluir:

  • Código dactilar del representante legal, si es persona natural. Si es persona jurídica, el nombre y número de RUC.
  • Se abre la posibilidad de que la firma también pueda ser electrónica como válida. Sin embargo, si el nombramiento es firmado electrónicamente, deberá tener le reconocimiento notarial como materialización de documento electrónico.

El nombramiento será inscrito en el Registro Mercantil o de Sociedades del domicilio de la compañía dentro de los 30 días posteriores a la fecha de designación. El Reglamento dispone que, si se inscribe con posterioridad a esta fecha, el Registro Mercantil deberá inscribir, pero también deberá notificar el incumplimiento a la SCVS.

  1. PODER GENERAL DE SUCURSAL DE COMPAÑÍA EXTRANJERA:

Si la compañía tuviere sucursal, se inscribirá el poder extendido al mandatario mercantil en el Registro Mercantil del domicilio de la sucursal de la compañía. El poder deberá detallar los actos que comprenda la administración, así como las facultades otorgadas.

Consejo Editorial

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