febrero 17, 2019

SRI establece normas y procedimientos para la declaración, liquidación y pago del ICE

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las normas y el procedimiento para la Declaración, liquidación y pago del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)[1]. La Resolución establece en lo principal:

  • Declaración del ICE en fabricación de bienes o prestación de servicios: Se presentará mensualmente una declaración por las operaciones realizadas dentro del mes calendario inmediato anterior y gravadas con este impuesto, mediante el Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales.
  • Declaración, liquidación y pago del ICE en importaciones: se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduana correspondiente. Se deberán presentar, además, una declaración mensual al SRI por todas aquellas importaciones gravadas con este impuesto, realizadas durante el mes calendario inmediato anterior.
  • Intereses para el caso de presentación tardía de declaración de ICE en importaciones: En caso de que la declaración de ICE se presente fuera del plazo correspondiente, se considerarán intereses desde el día siguiente de la fecha máxima de presentación.
  • Declaración, liquidación y pago del ICE por ventas a crédito: En las ventas por las que se haya concedido crédito mayor a un mes para el pago, los sujetos pasivos deberán declarar dichas ventas en el mes siguiente y pagar el impuesto generado hasta el mes subsiguiente de realizadas. El diferimiento del pago del ICE, se aplica también para sujetos pasivos de este impuesto que sean importadores de bienes gravados, únicamente por los valores a reliquidar si fuere el caso.
  • Declaración de ICE por tipos de bienes y servicios gravados: Se deberá presentar mensualmente un Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales por cada tipo de bien o servicio prestado, gravado con el ICE.

[1] Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC19-00000005, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 428 de 14 de febrero de 2019.

Consejo Editorial

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