julio 14, 2020

Superintendencia de Control del Poder de Mercado emite Instructivo para la recepción de documentos electrónicos

Competencia

Publicaciones internas

El 13 de julio de 2020, mediante Resolución No. SCPM-DS-2020-27, la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (“SCPM”) expidió el Instructivo para la recepción de documentos electrónicos (“Instructivo”) y con ello derogó la Resolución No. SCPM-DS-2020-16 de 13 de abril. El Instructivo tiene por objeto simplificar los trámites administrativos a través de la implementación de un canal electrónico para la entrega de documentación, lo cual permitirá a los ciudadanos contar con una opción adicional para acceder a los servicios de la SCPM. En lo principal, el Instructivo establece:

  • La creación, a partir del 15 de julio de 2020, de una ventanilla virtual de recepción de documentos, utilizable en días laborables y de acuerdo con la jornada ordinaria de trabajo de la SCPM, esto es, de 08h30 a 17h15.
  • Toda la documentación electrónica que se dirija a la SCPM deberá contar con firma electrónica válida, emitida por una entidad certificadora autorizada por la Agencia de Regulación y Control de Telecomunicaciones (“ARCOTEL”).
  • Tanto en la ventanilla virtual como en la documentación electrónica que se dirija a la SCPM, debe señalarse una dirección de correo electrónica válida para la recepción de notificaciones.
  • La documentación electrónica dirigida a la SCPM será recibida en la ventanilla virtual de recepción de documentación electrónica, a la cual se ingresará a través de la página web scpm.gob.ec.
  • Los servidores de la SCPM que deban conocer y procesar la documentación ingresada a través de este mecanismo están obligados a guardar confidencialidad y secreto sobre los hechos de los que hubieren tenido conocimiento.
  • Para tener constancia en el expediente físico de los documentos electrónicos ingresados, el servidor administrativo responsable sentará una razón identificando los documentos electrónicos y será responsable de guardar un respaldo magnético de los documentos digitales, el cual deberá mantenerse actualizado y adjunto al expediente físico.

Consejo Editorial

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